¿Cuándo se desnaturalizan los contratos sujetos a modalidad?

La desnaturalización de contratos fijos se produce en los siguientes supuestos:

  1. Cuando el trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado en su contrato, o después de las prórrogas pactadas y si estas exceden del límite máximo permitido.
  2. Cuando se trata de un contrato para obra determinada o de servicio específico, si el trabajador continúa prestando servicios efectivos, luego de concluida la obra materia del contrato sin haberse operado su renovación.
  3. Si el trabajador, mediante un contrato de suplencia, continúa con la prestación de sus labores sin que se reincorpore el titular, vencido el término legal o convencional.
  4. Cuando el trabajador demuestre la existencia de simulación o fraude a las normas establecidas en la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Al incurrir en alguno de estos supuestos, el contrato modal se considerará como de duración indeterminada y, en consecuencia, el trabajador adquiriría la estabilidad laboral por tiempo indefinido.

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