¿Qué pasa si trabajo el 28 y 29 de julio de 2024?

Si trabajas durante los feriados sin descanso sustitutorio, tienes derecho a percibir tres remuneraciones diarias que corresponden a:

  1. La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual que percibes),
  2. la remuneración diaria correspondiente a la labor efectuada y,
  3. un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneración diaria correspondiente a la labor efectuada.

Cabe resaltar que el incumplimiento a las disposiciones relacionadas con los descansos remunerados en días feriados es considerado una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

Si tienes alguna duda y/o consulta contacta con tu abogada laboralista en

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